Yucatán dio un paso decisivo en el combate a la violencia digital al aplicar nuevas penas de hasta 10 años de prisión por delitos de ciberacoso, tras registrar una cifra récord del 29.7% de víctimas, la más alta a nivel nacional. Las reformas al Código Penal del Estado entraron en vigor el 24 de diciembre de 2025, luego de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado.
La actualización legislativa surge como respuesta directa a una crisis que ya no es marginal, sino estructural, y que posiciona a Yucatán como el foco rojo del ciberacoso en México, superando por amplio margen el promedio nacional.
De acuerdo con el Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) 2024 del Inegi, el estado registró un incremento del 43.5% en casos de ciberacoso entre 2023 y 2024, al pasar de 20.7% a 29.7% de usuarios de internet afectados.
Esto significa que casi tres de cada diez internautas yucatecos han sido víctimas de violencia digital, una cifra que rebasa el promedio nacional de 21% y que confirma la urgencia de una intervención legal más severa.
El impacto es particularmente grave en las mujeres:
30.6% de mujeres reportaron haber sido víctimas de ciberacoso Frente a 28.7% de hombres
Este panorama motivó al Congreso del Estado de Yucatán a aprobar por unanimidad las reformas el 19 de noviembre de 2025, con el respaldo de las y los 35 diputados locales, enviando un mensaje político claro de tolerancia cero a la violencia digital.
Las reformas incorporan cuatro ejes clave al Código Penal del Estado, tipificando conductas que antes quedaban en zonas grises legales.
Se sanciona el seguimiento, vigilancia o contacto reiterado sin consentimiento que genere miedo, angustia o alteración en la vida de la víctima.
Penas: 6 meses a 2 años de prisión Multas: 500 a 1,000 UMAs Se persigue por querella de la víctima
Incluye el envío constante de mensajes intimidatorios, amenazas o contenido sexual no deseado mediante redes sociales o plataformas digitales.
Penas: 1 a 4 años de prisión Multas: 100 a 300 UMAs Las sanciones aumentan cuando la víctima es menor de edad.
Uno de los puntos más contundentes de la reforma. Castiga el contacto con menores con fines sexuales, la solicitud o difusión de contenido explícito y el uso de engaños o amenazas digitales.
Penas: 7 a 10 años de prisión Multas: 400 a 600 UMAs Se persigue de oficio, sin necesidad de denuncia formal
La reforma también fortalece la protección dentro del ámbito privado, al garantizar la persecución penal de la violación conyugal o en relaciones sentimentales cuando existe coacción, amenazas o peligro para la víctima.
Penas: 10 a 30 años de prisión Multas: 2,000 a 4,000 UMAs. Las nuevas disposiciones contemplan agravantes cuando:
Existe una relación de confianza, autoridad o poder Se emplea violencia física o moral Las víctimas son menores de edad, personas embarazadas o en situación de vulnerabilidad
Con ello, se busca cerrar vacíos legales que anteriormente dificultaban la persecución efectiva de estos delitos y que, en muchos casos, dejaban a las víctimas sin acceso real a la justicia.
Aunque especialistas reconocen el avance histórico que representan estas reformas, advierten que el desafío principal será su correcta aplicación. Entre los pendientes se encuentran:
Protocolos claros de actuación para autoridades Atención psicológica especializada para víctimas Programas de educación y prevención digital Mecanismos más accesibles y seguros para denunciar
La reforma es vista como un primer paso indispensable, pero su impacto real dependerá de la capacidad institucional para llevarla a la práctica y de la confianza que logren generar las autoridades en las personas afectadas.
Con estas modificaciones, Yucatán se coloca a la vanguardia en el marco legal contra el ciberacoso en México, en un contexto donde la violencia digital crece al ritmo del uso de redes sociales y plataformas tecnológicas.

