Propuesta de despenalización del aborto en Yucatán infringe lo establecido por la SCJN

La reciente propuesta presentada por tres diputadas locales de Yucatán para despenalizar el aborto desde la gestación ha generado controversia al contradecir lo que establece la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Mientras en la entidad se plantea permitir la interrupción del embarazo desde la concepción, la SCJN ha fijado un plazo claro para la despenalización: las primeras 12 semanas de gestación, brindando tiempo a las mujeres para tomar una decisión informada sobre la continuidad de su embarazo. En un contexto donde el debate sobre la despenalización del aborto sigue siendo relevante a nivel nacional, las diputadas locales Larissa Acosta Escalante (Movimiento Ciudadano), Clara Paola Rosales y Neyda Pat (Morena) presentaron una propuesta para que el aborto sea legal en Yucatán desde la gestación. Sin embargo, esta propuesta va en contra de lo dictado por la SCJN, que en la sentencia del caso AR. 274/2024, citó en más de 16 ocasiones la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017, en la que estableció que el aborto debe permitirse solo dentro de las primeras 12 semanas de gestación. Esto, con el objetivo de darle a la mujer el tiempo suficiente para decidir si interrumpe su embarazo sin poner en riesgo su salud, ya que después de ese plazo, el embarazo ya tiene mayor viabilidad. Alejandra Yañez Rubio, presidenta de Conciencia y Derechos Humanos, señaló que la propuesta presentada por las diputadas locales infringe lo establecido por la Suprema Corte. En su declaración, Yañez subrayó que la sentencia de la Corte establece con claridad que el aborto solo debe ser permitido durante un breve periodo después de la concepción, permitiendo que la mujer pueda ponderar su decisión. Además, en la misma sentencia, la Corte reafirmó que la viabilidad del embarazo y la relevancia jurídica del “nasciturus” (el ser en desarrollo) debe ser considerada conforme avanza el embarazo, especialmente después de las primeras 12 semanas, cuando la salud de la madre ya no está en riesgo. El fallo de la SCJN también recalca la importancia de revisar legislaciones como las de la Ciudad de México, Oaxaca e Hidalgo, que han establecido marcos legales para la despenalización del aborto dentro del plazo de las 12 semanas. En este sentido, la Corte estableció que la penalización total del aborto es inconstitucional, pero la penalización parcial es válida siempre y cuando se ajuste al periodo legalmente permitido para la interrupción del embarazo. Por lo tanto, la propuesta en Yucatán de despenalizar el aborto desde la gestación contradice los principios establecidos por la Corte, lo que podría abrir la puerta a futuras disputas legales si se avanza con esta iniciativa. La recomendación de la SCJN es actualizar el tipo penal del aborto, ajustándolo a las 12 semanas de gestación, no derogar completamente la normativa. Este debate se mantiene vigente no solo en Yucatán, sino en todo el país, donde las legislaciones siguen evolucionando y donde la opinión de la Suprema Corte se presenta como una guía fundamental para el desarrollo de políticas públicas en torno a los derechos reproductivos de las mujeres.
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